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¿Tiene previsto venir a trabajar a España?

Algunas novedades para no residentes

Régimen especial trabajadores desplazados a territorio español/régimen de impatriados (art. 93 de la LIRPF):

1.-) disminución temporal 10 a 5 años, exigencia no haber sido residente anteriormente, en territorio español.

2.-) aumento ámbito subjetivo :

  • «Nómadas digitales»: se desplacen a territorio español para trabajar a distancia utilizando exclusivamente medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
  • Administradores de empresas emergentes
  • Emprendedores
  • Profesionales altamente cualificados que preste servicios a empresas emergentes (art. 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes), o que lleve a cabo actividades de formación o I+D+i, percibiendo por ello una remuneración que represente en conjunto más del 40 % de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.
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