¿Tiene previsto venir a trabajar a España?
Algunas novedades para no residentes
Régimen especial trabajadores desplazados a territorio español/régimen de impatriados (art. 93 de la LIRPF):
1.-) disminución temporal 10 a 5 años, exigencia no haber sido residente anteriormente, en territorio español.
2.-) aumento ámbito subjetivo :
- «Nómadas digitales»: se desplacen a territorio español para trabajar a distancia utilizando exclusivamente medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
- Administradores de empresas emergentes
- Emprendedores
- Profesionales altamente cualificados que preste servicios a empresas emergentes (art. 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes), o que lleve a cabo actividades de formación o I+D+i, percibiendo por ello una remuneración que represente en conjunto más del 40 % de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.